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Censo de Suelo Empresarial de Galicia sirve para conocer la oferta real de suelo empresarial y su comercialización

COMPOSTELA . - El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy el decreto por el que se regula el Censo de Suelo Empresarial de Galicia y su régimen sancionador, una herramienta en la que tendrán que inscribirse todas las áreas empresariales emplazadas en la Comunidad que tengan suelo disponible en la actualidad, así como aquellas que estén previstas para su inmediato desarrollo.

De este modo, el nuevo Censo servirá para conocer la oferta real de suelo empresarial en Galicia para su comercialización y el grado de ocupación de las áreas empresariales existentes, por lo que el acceso al mismo será público, con el objeto de que sea un instrumento de evaluación, planificación y actualización de las necesidades de este tipo de superficie en la comunidad.

Tras la entrada en vigor del decreto regulador el próximo 27 de noviembre, Galicia será una de las primeras comunidades del país en disponer de un Censo de Suelo Empresarial global, exhaustivo y actualizado. Se trata de un instrumento previsto en la Ley 5/2017, de 19 de octubre , de fomento de la implantación de iniciativas empresariales con el fin de facilitar información sobre las posibilidades de asentamiento a las empresas que elijan la Comunidad gallega como centro de desarrollo de su actividad y para fomentar la riqueza y el empleo.

Según se recoge en el decreto, será obligatoria la inscripción de todas las áreas empresariales existentes en Galicia que tengan o vayan a tener parcelas disponibles para su comercialización. También será obligatorio inscribir aquellas áreas previstas para su desarrollo inmediato. La obligatoriedad comprende todas las áreas empresariales emplazadas en la comunidad, ya sean promovidas por personas físicas o jurídicas, promotores públicos o privados y con independencia de donde tengan estos su domicilio social.

Los datos del censo serán públicos, gratuitos y accesibles a través de la web del Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS), organismo encargado de su gestión. De este modo, todos los interesados podrán conocer la disponibilidad de suelo empresarial en Galicia, ya que será obligatorio especificar en cada caso la oferta existente, individualizada por parcelas con su referencia catastral, superficie, tipología y usos permitidos, así como la naturaleza de la operación (venta, arrendamiento con o sin opción de compra, derecho de superficie, etc).

Serán los promotores de las áreas empresariales los responsables de la inscripción en el censo del suelo disponible o de inmediato desarrollo, por lo que contarán con una aplicación informática en la página web del IGVS que les facilitará el trabajo de proporcionar la información necesaria, detallada en el decreto regulador publicado hoy.

Para llevar a cabo la inscripción del suelo, los promotores dispondrán de un plazo de tres meses contados a partir de la fecha de la entrada en vigor de los correspondientes planes parciales o proyectos sectoriales. En el caso de áreas empresariales que ya estén en urbanización o en funcionamiento en el momento de entrada en vigor del decreto –el 27 de noviembre- el plazo para la inscripción será de seis meses.

Los cambios que se produzcan en la situación de las parcelas inscritas, como su venta o arrendamiento, deberán ser comunicados como máximo en un mes para que la información pública del Censo de Suelo Empresarial –que estará disponible siempre a través de la página web del Instituto Galego da Vivenda e Solo- se mantenga actualizada.

En caso de incumplimiento del deber de inscripción en el censo por parte de los promotores de las áreas empresariales, las sanciones irán de 1.000 a 10.000 euros, según establece el régimen sancionador regulado también en el decreto.




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