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El Juzgado condena a Audasa a devolver los peajes abusivos cobrados durante la ampliación de Rande

La resolución judicial es clara. Y pone en su sitio a Audasa, la concesionaria de la Autopista AP-9, en el caso de las obras de ampliación del puente de Rande, que tantos problemas trajeron a los usuarios.
Audasa es así condenada a devolver los peajes "abusivos" cobrados durante el tiempo de las las obras de ampliación en Rande. El juzgado entiende como "indiferente" el origen de las incidencias, ya que "lo relevante" es cobrar por un servicio "que no se ha proporcionado".
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra ha estimado parcialmente la demanda interpuesta contra Autopistas del Atlántico Concesionaria Española (Audasa) por el cobro "abusivo" de peajes durante las obras del Puente de Rande e insta a la compañía a "restituir el importe cobrado" a los usuarios afectados por alguna de las 81 incidencias de circulación registradas entre el 27 de febrero de 2015 y el mes de junio de 2018. En la sentencia que estima esta demanda, a la que se adhirieron las asociaciones Adicae y En Colectivo, así como particulares, el magistrado declara "la nulidad de estas prácticas abusivas" consistentes en cobrar a los usuarios "los peajes de manera íntegra" cuando se produzcan incidencias calificadas por la DGT con el color negro, rojo o amarillo, siempre que a los usuarios no se les haya facilitado la información del estado de la vía con la antelación suficiente para que pudiesen optar por otra vía.
El juez considera "indiferente" en su fallo que las incidencias hayan sido motivadas directamente por las obras o por otras circunstancias, tales como accidentes, vehículos averiados, incendios o desprendimientos de tierras. "Lo relevante no es la causa, sino el hecho de cobrar un precio a un consumidor que no ha recibido la prestación del servicio y al que no se le ha proporcionado la información necesaria para que pudiese tomar su decisión", subraya.
Asimismo, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra recalca que "no consta en modo alguno que hubiese alguna causa de fuerza mayor que impidiese a Audasa informar a los conductores con la suficiencia y antelación oportunas".
La empresa, además, deberá asumir el coste de la publicación del fallo de la sentencia, junto con la lista de las 81 incidencias admitidas, en el diario de mayor difusión de España. Los usuarios que hayan sido afectados por alguna de ellas, podrán instar a que se les reconozca como beneficiarios de la condena.

EN-COLECTIVO valora positivamente la sentencia que obliga a Audasa a devolver los peajes de la AP-9 los días que se produjeron incidencias por las obras
En el escrito remitido por el juez se identifican 81 incidencias durante el tiempo que duraron las obras en el Puente de Rande y se condena a AUDASA a restituir el importe cobrado en concepto de peaje, junto con el interés legal devengado desde la fecha de cada pago, a los usuarios que hayan circulado por el tramo de la autopista AP-9 afectado, en las fechas y franjas horarias en que las mismas tuvieron lugar. 
Todas las personas que circularon por la AP-9 entre febrero de 2015 y mayo de 2018 y se vieron afectadas por los atascos que se produjeron a raíz de las obras del Puente de Rande, pueden ponerse en contacto con EN- COLECTIVO para gestionar su reclamación.
La Asociación EN-COLECTIVO, que ha defendido a los usuarios afectados de la AP-9 en el juicio contra AUDASA por el cobro indebido de los peajes durante las obras de ampliación del Puente de Rande, valora positivamente la sentencia que ha hecho pública hoy el juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra en la que se estima parcialmente la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal, a la que se ha adherido la asociación.
En concreto, la sentencia condena a AUDASA a cesar en la práctica abusiva consistente en cobrar los peajes de manera íntegra a los usuarios de la autopista en los casos en que en la misma se produzcan incidencias que se puedan calificar con el color negro (circulación interrumpida con carretera cortada), o con el color rojo (circulación difícil, muy lenta con paradas frecuentes y prolongadas) o amarillo (circulación irregular, lenta con paradas esporádicas), siempre que a dichos usuarios no se les haya facilitado información sobre el estado de la vía (que comprenda el punto kilométrico en que se sitúa la incidencia, la demora estimada derivada de la misma, o incluso una breve referencia a su causa), con la antelación suficiente como para que pudiesen optar, en condiciones de seguridad, por no incorporarse a la autopista o por abandonarla antes de llegar al tramo afectado.
En este sentido, en el escrito remitido por el juez se identifican 81 incidencias de este tipo durante el tiempo que duraron las obras en el Puente de Rande y se condena a AUDASA a restituir el importe cobrado en concepto de peaje, junto con el interés legal devengado desde la fecha de cada pago, a los usuarios que hayan circulado por el tramo de la autopista AP-9 afectado por alguna de estas incidencias, en las fechas y dentro de las franjas horarias en que las mismas tuvieron lugar.
Diego Maraña, presidente de En-Colectivo, afirma que “se trata de una muy buena noticia para todos los usuarios de la AP-9 que se vieron afectados por las obras del Puente de Rande y para todos los gallegos en general. El hecho de que por primera vez un juez declare abusivo el cobro de los peajes en determinadas circunstancias que afectan a la normal circulación de los vehículos nos hace ser optimistas para situaciones similares que se puedan producir en el futuro”.

El presidente de En-Colectivo anima a todas las personas que circularon por la AP-9 entre febrero de 2015 y mayo de 2018 y se vieron afectadas por los atascos que se produjeron a raíz de las obras del Puente de Rande, a se pongan en contacto con la asociación para poder gestionar su reclamación. El trámite a seguir es asociarse a EN-COLECTIVO mediante un formulario habilitado en www.en-colectivo.com y facilitar la documentación requerida para adherirse a esta reclamación. 


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