El Juzgado de lo Mercantil de Pontevedra había dicho lo contrario de lo que ahora dice la Audiencia, en una sentencia de febrero del pasado año, a raíz de una demanda contra la empresa concesionaria de la AP-9. El fallo condenatorio entonces a la concesionaria fue recurrido en su momento tanto por Audasa como por la Fiscalía y la plataforma de afectados En-Colectivo reclamando una indemnización para los conductores que sufrieron retrasos en sus desplazamientos y que se determinase la obligación para la concesionaria de adecuar sus tarifas a las condiciones de la autopista. La Audiencia ha fallado y da la razón a Audasa.
Audasa no abusó cobrando los peajes tal cual, durante las obras y atascos en el puente de Rande
La concesionaria no obró mal... la Audiencia Provincial de Pontevedra estima ahora que no se puede calificar la práctica denunciada como obstruccionista o desleal por parte de Audasa contra sus clientes, los conductores usuarios de la AP-9. Por lo tanto, la concesionaria de la AP-9 no tendrá que devolver el importe de los peajes cobrados durante las obras de ampliación del puente de Rande, ni siquiera en lo correspondiente a aquellos días de atascos tremendos que llevaron a no pocos conductores a llegar tarde a sus trabajos o destinos en las jornadas de autos.
El Juzgado de lo Mercantil de Pontevedra había dicho lo contrario de lo que ahora dice la Audiencia, en una sentencia de febrero del pasado año, a raíz de una demanda contra la empresa concesionaria de la AP-9. El fallo condenatorio entonces a la concesionaria fue recurrido en su momento tanto por Audasa como por la Fiscalía y la plataforma de afectados En-Colectivo reclamando una indemnización para los conductores que sufrieron retrasos en sus desplazamientos y que se determinase la obligación para la concesionaria de adecuar sus tarifas a las condiciones de la autopista. La Audiencia ha fallado y da la razón a Audasa.
El Juzgado de lo Mercantil de Pontevedra había dicho lo contrario de lo que ahora dice la Audiencia, en una sentencia de febrero del pasado año, a raíz de una demanda contra la empresa concesionaria de la AP-9. El fallo condenatorio entonces a la concesionaria fue recurrido en su momento tanto por Audasa como por la Fiscalía y la plataforma de afectados En-Colectivo reclamando una indemnización para los conductores que sufrieron retrasos en sus desplazamientos y que se determinase la obligación para la concesionaria de adecuar sus tarifas a las condiciones de la autopista. La Audiencia ha fallado y da la razón a Audasa.
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