"Protección de la Legalidad Urbanística" priorizará en 2020-2021 inspecciones en zonas de costa o con espacios naturales

El Diario Oficial de Galicia publica hoy la resolución por la que se le da publicidad al plan de inspección aprobado por la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística (APLU) para el período 2020-2021.

La finalidad de este documento es determinar los objetivos principales y las actuaciones prioritarias de la Agencia, con la finalidad de mejorar la calidad y la eficacia de la disciplina urbanística al servicio de la ciudadanía y de garantizar la objetividad en sus actuaciones.

Concretamente, en este Plan de inspección urbanística (PIU) se regulan, entre otras cuestiones, las operaciones de vigilancia e inspección prestando especial atención a los territorios de los municipios costeros, de aquellos ayuntamientos con espacios naturales o áreas de especial interés paisajístico, o de aquellos por donde transcurran las rutas de los Caminos de Santiago normativamente delimitados.

Con la aprobación de este nuevo PIU, el organismo dependiente de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda continúa prestando una especial atención e interés a la inspección urbanística como un medio eficaz para prever la ocupación ilegal del suelo y evitar la consolidación de construcciones fuera de ordenación que deterioran el territorio y el paisaje.

En concreto, el plan se centra en aquellas actuaciones que se realizan de oficio, con independencia de las inspecciones complementarias y necesarias para la tramitación de los expedientes ya en curso, así como de las denuncias que formulan los ayuntamientos, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la propia ciudadanía.

Estas inspecciones se realizan por funcionarios de la escala de subinspección, en colaboración directa con la administración local correspondiente. Además, las actuaciones se centran en las competencias atribuidas a la Agencia, es decir, en los usos prohibidos o sujetos la autorización autonómica, plan especial, o sin ajustarse a sus condiciones en suelo rústico, y actuaciones realizadas en la zona de servidumbre del dominio público marítimo terrestre acometidas sin título que las ampare.

En el caso de tratarse de ayuntamientos adheridos a la APLU, estas competencias se amplían, pasando a inspeccionar también los usos sujetos la intervención municipal, según lo que se recoja en cada convenio de delegación de competencias.

Planes bianuales y prorrogables

El PIU se aprueba por el Consejo Ejecutivo de la Agencia con una vigencia bianual, prorrogable de manera automática por períodos de la misma duración.

Para llevar a cabo estas actuaciones de inspección, la jefatura del servicio provincial correspondiente elabora con carácter trimestral un cuadro resumen de los ayuntamientos a inspeccionar, seleccionados en base a un criterio objetivo en función de su protección paisajística y población.

Una vez detectadas las infracciones, el PIU establece que deberán tramitarse prioritariamente aquellos expedientes que afecten a edificaciones, construcciones o instalaciones que estén en curso de ejecución, con la clara finalidad de reaccionar el antes posible y así evitar su consumación. En aras de potenciar la colaboración con la administración local, también se tramitarán cómo prioritarias las obras denunciadas por los ayuntamientos adheridos a la APLU.